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Procedimiento de Acceso a la Información:

 

Ley 374 de transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, arts. 106 al 116.

 

1.-Presentar solicitud que contenga:

  • Nombre del Solicitante

  • Descripción de la Información.

  • Modalidad de entrega.

 

2.- Si la solicitud es procedente, se cuenta con 15 días hábiles para responder.

Si no es procedente, se devolverá al ciudadano para corregirla.

 

3.- Envió o entrega de información solicitada.

 

4.-En caso de Omisión o Inconformidad con la respuesta recibida, puede interponerse un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero (ITAG).

 

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